Chile publica la primera norma sobre compuestos orgánicos volátiles del país
Con el propósito de salvaguardar la salud de la población, el Ministerio del Medio Ambiente de Chile ha emitido la primera norma primaria de calidad del aire en el país para el compuesto orgánico volátil conocido como benceno. Esta norma establece un valor extremadamente riguroso que la sitúa entre las más exigentes a nivel global.
La misma fue difundida a través del Diario Oficial, estableciendo un límite de 3 microgramos por metro cúbico (µg/m3) como concentración anual de benceno, superando los estándares de la Unión Europea y Nueva Zelanda, y equiparándose al nivel establecido por Japón en cuanto a la exigencia a escala mundial refiere.
“Es un hito para el país, porque se trata de la primera norma que regula los compuestos orgánicos volátiles y será una herramienta más para proteger la salud de las personas, especialmente en los territorios que han sido históricamente afectados por la contaminación», asegura Maximiliano Proaño, subsecretario del Medio Ambiente.
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Consecuencias
Dentro del grupo de sustancias químicas conocidas como compuestos orgánicos volátiles (COVs), se encuentra el benceno, el cual se origina principalmente por el uso de combustibles fósiles o la quema de leña, entre otras fuentes. La exposición a estos compuestos puede tener consecuencias negativas para la salud humana.
De esta manera, con el fin de mitigar la exposición de la población a niveles elevados de benceno en el aire, la normativa también contempla niveles de emergencia, los cuales se miden como concentraciones durante una hora.
Estos niveles son clasificados como Alerta (30-59 µg/m3), Preemergencia (60-119 µg/m3) y Emergencia (120 µg/m3 o más).
Así, se busca garantizar una pronta respuesta ante situaciones de concentraciones significativas de benceno, dando origen a una norma que se originó como parte de los compromisos asumidos con las comunidades de Concón, Quintero y Puchuncaví, las cuales fueron establecidas como obligaciones dentro del marco del Plan de Prevención de Descontaminación Atmosférica (PPDA) para esta región.
Si bien se priorizará este territorio en los programas de monitoreo, es importante destacar que los alcances de esta norma abarcarán a nivel nacional.
Finalmente, se tomarán en cuenta mediciones de otros compuestos orgánicos volátiles (COVs), donde los datos serán considerados para garantizar la eficacia de la normativa, teniendo a la Superintendencia del Medio Ambiente como ente encargado de supervisar y hacer cumplir esta norma.