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Audiencias sobre cambio climático: Presentan el mayor caso de la historia ante tribunal mundial de la ONU

Se espera que se presente un número récord de declaraciones orales ante el tribunal de justicia de la ONU, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) al iniciarse el pasado lunes las esperadas audiencias públicas sobre las obligaciones jurídicas de los Estados con respecto al cambio climático.

Las audiencias forman parte del proceso encaminado a que el tribunal emita una opinión consultiva que aclare las obligaciones jurídicas de los Estados en virtud del derecho internacional y las consecuencias de su incumplimiento. Están previstas del 2 al 13 de diciembre en La Haya, Países Bajos.

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Cinco puntos sobre el histórico proceso

¿De qué tratan las audiencias?

    Las audiencias se refieren a las obligaciones de los Estados en relación con el cambio climático y las consecuencias jurídicas de dichas obligaciones, y son importantes porque representan los esfuerzos de la comunidad internacional por establecer un marco jurídico para hacer frente al cambio climático.

    En pocas palabras, se pide a la Corte que aclare el derecho internacional en materia de cambio climático. A su vez, el asesoramiento jurídico que proporcione puede influir en cualquier proceso multilateral relacionado con la acción climática.

    Las dos cuestiones centrales que se plantean a la Corte son las siguientes:

    • ¿Cuáles son las obligaciones de los Estados en virtud del derecho internacional para garantizar la protección del sistema climático y otras partes del medio ambiente de las emisiones antropogénicas (causadas por el hombre) de gases de efecto invernadero para los Estados y para las generaciones presentes y futuras?
    • ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas en virtud de estas obligaciones para los Estados cuando, por sus actos y omisiones, hayan causado daños significativos al sistema climático y otras partes del medio ambiente?*

    ➡️ *Este último está vinculado a los Estados, incluidos, los insulares en desarrollo, que resulten perjudicados o específicamente afectados por los efectos adversos del cambio climático o sean particularmente vulnerables a ellos, como también los pueblos y personas de generaciones presentes y futuras afectados por el cambio climático.

    ¿Cómo llegó este caso a la CIJ?

      En septiembre de 2021, la isla de Vanuatu, en el Pacífico, anunció su intención de solicitar una opinión consultiva de la CIJ sobre el cambio climático. Explicó que esta iniciativa, impulsada por el grupo juvenil Pacific Island Students Fighting Climate Change, era necesaria debido a su vulnerabilidad y a la de otros pequeños Estados insulares en desarrollo al cambio climático, y a la necesidad de aumentar las medidas para hacer frente a la crisis climática mundial.

      Vanuatu presionó entonces a otros países para que apoyaran esta iniciativa y formó el grupo central de Estados miembros de la ONU para llevarla adelante en la Asamblea General.

      Los debates en el seno del grupo central condujeron a la elaboración de una resolución que finalmente fue adoptada por la Asamblea General el 29 de marzo de 2023. Un total de 132 países copatrocinaron la resolución.

      La resolución se basaba en la «especial consideración» de la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Acuerdo de París, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, «el principio de prevención de daños significativos al medio ambiente y el deber de proteger y preservar el medio marino».

      La solicitud fue transmitida al Tribunal por el Secretario General de la ONU en una carta fechada el 12 de abril de 2023.

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      Foto: CIJ
      ¿Quién está autorizado a solicitar opiniones consultivas y qué sucede a continuación?

      Los procedimientos consultivos solo están abiertos a cinco órganos de las Naciones Unidas y 16 organismos especializados de la ONU. Mientras que la Asamblea General y el Consejo de Seguridad de la ONU pueden solicitar opiniones consultivas sobre «cualquier cuestión jurídica», los demás órganos y organismos especializados de la ONU solo pueden hacerlo respecto a «cuestiones jurídicas que se planteen en el ámbito de sus actividades». La mayoría de las opiniones consultivas han sido solicitadas por la Asamblea General de la ONU.

      Por regla general, las organizaciones y los Estados autorizados a participar en el procedimiento presentan declaraciones escritas, seguidas de comentarios escritos sobre las demás declaraciones presentadas si la Corte lo considera necesario.

      El Tribunal decidirá si se celebra un procedimiento oral, tras el cual se emite el dictamen consultivo tras una sesión del Tribunal.

      ¿Por qué es tan importante este caso?

      Este caso es el más grande jamás visto por el tribunal mundial, con 91 declaraciones escritas presentadas en la secretaría del tribunal, junto con 62 comentarios escritos sobre estas declaraciones, presentadas antes de la fecha límite ampliada del tribunal del 15 de agosto de 2024.

      Un número récord similar de 97 Estados y 11 organizaciones internacionales participarán en las vistas orales, y las audiencias son una oportunidad para que los países y las organizaciones amplíen sus declaraciones escritas y testifiquen directamente.

      Las audiencias revisten especial importancia para los pequeños Estados insulares en desarrollo, que fueron los que inicialmente impulsaron el dictamen. Es significativo que se celebren después de que los países en desarrollo criticaran el acuerdo alcanzado en la COP29 de aportar 300.000 millones de dólares al año en financiación climática para 2035, calificándolo de «insultante» y argumentando que no les proporcionaba los recursos vitales que necesitan para abordar realmente las complejidades de la crisis climática.

      «Nos estamos hundiendo literalmente», declaró un representante tras la COP29, señalando que el acuerdo ponía de manifiesto «en qué barco tan diferente se encuentran nuestros países vulnerables en comparación con los países desarrollados».

      Dado que los pequeños Estados insulares en desarrollo ya se enfrentan a algunas de las peores consecuencias del cambio climático, estas audiencias son vitales para establecer un marco más sólido de rendición de cuentas que fije obligaciones jurídicas internacionales claras para la acción climática.

      ¿Qué efectos puede tener una opinión consultiva?

      A diferencia de las sentencias en asuntos contenciosos, las opiniones consultivas del Tribunal no son vinculantes, sino que aclaran cuestiones jurídicas. El órgano, organismo u organización solicitante, la Asamblea General en este caso concreto, sigue siendo libre de decidir, según estime conveniente, qué efecto dar a estas opiniones.

      Sin embargo, aunque no son vinculantes, las opiniones consultivas tienen «un valor de autoridad y no pueden descuidarse», según el Secretario de la CIJ, Philippe Gautier, y conllevan una gran autoridad moral por parte del que se considera el más alto tribunal del mundo y el principal órgano judicial de la ONU.

      Esta opinión sobre el cambio climático puede ayudar a informar sobre procedimientos judiciales posteriores, como casos nacionales, influir en el proceso diplomático y probablemente será citada en miles de demandas relacionadas con el clima en todo el mundo, incluidas aquellas en las que los pequeños Estados insulares solicitan compensaciones a las naciones desarrolladas por daños climáticos históricos.

      «Este dictamen ayudará a adoptar las medidas climáticas más audaces y firmes que nuestro mundo necesita tan desesperadamente. También podría orientar las acciones y la conducta de los Estados en sus relaciones entre sí, así como hacia sus propios ciudadanos. Esto es esencial»

      António Guterres, secretario general de la ONU

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