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El ISSB flexibiliza requisitos de reporte de emisiones de Alcance 3 para el sector financiero

El International Sustainability Standards Board (ISSB), perteneciente a la Fundación IFRS, anunció una serie de cambios propuestos a su estándar de divulgación climática (IFRS S2), con el objetivo de simplificar ciertos requisitos para las empresas en el reporte de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).

Aunque las modificaciones afectarán a diversas industrias, el sector financiero será el más beneficiado, ya que las nuevas disposiciones permitirán excluir el reporte de emisiones de Alcance 3 (Scope 3) vinculadas a derivados financieros, emisiones facilitadas y aquellas asociadas a actividades de seguros.

El ISSB fue creado en noviembre de 2021 durante la COP26 con el propósito de desarrollar estándares globales de divulgación de sostenibilidad. Hasta ahora, más de 35 jurisdicciones han iniciado procesos para adoptar sus normas.

Según el ISSB, estos ajustes responden a retos prácticos identificados por el mercado, buscando facilitar la aplicación de los estándares sin comprometer la utilidad de la información para los inversores.

«Como organismo regulador, escuchamos el feedback del mercado para apoyar a las empresas en la implementación. Estas enmiendas buscan simplificar el proceso sin perder rigor, garantizando que los inversores sigan recibiendo datos relevantes»

Sue Lloyd, vicepresidenta del ISSB

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Principales cambios del ISSB

Las adaptaciones responden a los desafíos prácticos identificados durante los primeros años de implementación de los estándares IFRS S1 y S2.

El ISSB mantiene que el objetivo no es reducir la transparencia, sino hacer más viable el proceso de reporte para las instituciones financieras, especialmente aquellas que operan en múltiples jurisdicciones con diferentes requisitos regulatorios.

🔎 Estos son los cambios propuestos:

  1. Exclusión de emisiones de Alcance 3 en actividades financieras: Las entidades podrán omitir el reporte de emisiones vinculadas a derivados, operaciones facilitadas y seguros, aunque deberán cuantificar y revelar el volumen excluido.
  2. Flexibilidad en clasificación sectorial: Bancos y aseguradoras ya no estarán obligados a usar el Global Industry Classification Standard (GICS) en todos los casos al desglosar sus emisiones financiadas.
  3. Ajustes en métricas de calentamiento global: Se permitirá el uso de valores de Global Warming Potential (GWP) exigidos por regulaciones locales, incluso si no coinciden con los más recientes del IPCC.
  4. Clarificación en metodologías alternativas: Las empresas podrán emplear métodos distintos al Greenhouse Gas Protocol para medir emisiones, siempre que cumplan con requisitos jurisdiccionales.

Alcance en Latinoamérica

Para las empresas latinoamericanas, estos cambios representan una oportunidad para alinear sus reportes de sostenibilidad con realidades operativas, donde frecuentemente existen limitaciones en la disponibilidad de datos de cadena de valor.

No obstante, el nuevo marco introduce la obligación de cuantificar y revelar el volumen específico de emisiones que están siendo excluidas del reporte, manteniendo así un nivel de transparencia para los inversionistas.

Expertos regionales sugieren que las instituciones financieras en América Latina deberán evaluar cuidadosamente cómo estos cambios afectan sus procesos actuales de reporte, al tiempo que monitorean las adaptaciones regulatorias que cada país pueda implementar en respuesta a estas modificaciones internacionales.

El periodo de consulta pública para estas modificaciones estará abierto hasta el 27 de junio de 2025, con una implementación gradual esperada para el año 2026.

El ISSB publicó estas modificaciones en un Exposure Draft, abierto a comentarios hasta el 27 de junio de 2025.

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